Es un trámite realizado a través de Escritura Pública, mediante el cual una persona sustituye, rectifica o adiciona su nombre con el fin de fijar su identidad personal, sin que esto implique el cambio en la filiación del inscrito.
Este trámite lo pueden hacer:
- Las personas mayores de edad, por una única vez.
- Los menores de edad a través de sus representantes legales (para este caso el inscrito podría cambiarlo nuevamente siendo mayor de edad, de acuerdo con el Decreto 1555/1989).
REQUISITOS
- Solicitud escrita de cambio de nombre.
- Copia auténtica del Registro civil de nacimiento del inscrito.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante, si es mayor de edad.
- Fotocopia de la tarjeta de identidad del inscrito si se trata de un menor de edad y mayor de 7 años.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los padres del inscrito si se trata de un menor de edad
CAMBIO DE NOMBRE DE PERSONA MAYOR DE EDAD
- Carta de solicitud del cambio de nombre indicando las razones del cambio.
- Declaración juramentada de ser la primera vez que realiza su cambio de nombre.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Registro civil de nacimiento.
- Fotocopia autenticada de los documentos en donde figura con el nombre que pretende adoptar, si es del caso.
CAMBIO DE NOMBRE DE MENOR DE EDAD
- Carta de solicitud del cambio de nombre suscrita por ambos padres, indicando las razones del cambio.
- Declaración juramentada rendida por los padres del menor de ser la primera vez que solicitan el cambio.
- Fotocopia de cédulas de ciudadanía de los padres.
- Registro civil de nacimiento del menor.