Es un trámite realizado a través de Escritura Pública, mediante el cual una persona sustituye, rectifica o adiciona su nombre con el fin de fijar su identidad personal, sin que esto implique el cambio en la filiación del inscrito.

Este trámite lo pueden hacer:

  1. Las personas mayores de edad, por una única vez.
  2. Los menores de edad a través de sus representantes legales (para este caso el inscrito podría cambiarlo nuevamente siendo mayor de edad, de acuerdo con el Decreto 1555/1989).

REQUISITOS

  1. Solicitud escrita de cambio de nombre. 
  2. Copia auténtica del Registro civil de nacimiento del inscrito.
  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante, si es mayor de edad.
  4. Fotocopia de la tarjeta de identidad del inscrito si se trata de un menor de edad y mayor de 7 años.
  5. Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los padres del inscrito si se trata de un menor de edad

CAMBIO DE NOMBRE DE PERSONA MAYOR DE EDAD

  1. Carta de solicitud del cambio de nombre indicando las razones del cambio.
  2. Declaración juramentada de ser la primera vez que realiza su cambio de nombre.
  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  4. Registro civil de nacimiento.
  5. Fotocopia autenticada de los documentos en donde figura con el nombre que pretende adoptar, si es del caso.

CAMBIO DE NOMBRE DE MENOR DE EDAD

  1. Carta de solicitud del cambio de nombre suscrita por ambos padres, indicando las razones del cambio.
  2. Declaración juramentada rendida por los padres del menor de ser la primera vez que solicitan el cambio.
  3. Fotocopia de cédulas de ciudadanía de los padres.
  4. Registro civil de nacimiento del menor.
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